Si trabajas en un ministerio o en un organismo público de la Administración General del Estado (AGE), el cauce interno frente al acoso laboral es el protocolo aprobado por la Resolución de 5 de mayo de 2011, que la web de Función Pública sigue enlazando en su apartado sobre acoso. Antes de activarlo, ordena los hechos por fecha y llévalos al modelo de denuncia del propio protocolo (anexo III). El acoso sexual y por razón de sexo tiene un protocolo distinto, aprobado por el Real Decreto 247/2024.

Puntos clave

  • En la Administración General del Estado (AGE), el cauce interno frente al acoso laboral es el protocolo de la Resolución de 5 de mayo de 2011; el acoso sexual y por razón de sexo tiene otro protocolo (Real Decreto 247/2024).
  • El EBEP tipifica el acoso laboral como falta muy grave (art. 95.2.o).
  • La denuncia se presenta con el modelo del anexo III: hechos por fecha, documentación numerada y la solicitud de inicio.
  • El protocolo fija plazos cortos: informe de valoración inicial en 10 días naturales y, si hace falta, un Comité Asesor en cinco días hábiles.
  • Comunidades autónomas, entidades locales y universidades tienen sus propios protocolos: el de la AGE no es el suyo.
Contenido
  1. Empleo público: el protocolo no es el de una empresa
  2. Qué prevé el protocolo y qué plazos marca
  3. Comunidades autónomas y ayuntamientos: busca tu protocolo
  4. Qué anotar antes de la denuncia: ejemplo ficticio
  5. Durante la tramitación: fechas, entrevistas e informes
  6. Lo que el protocolo no hace
  7. Preguntas frecuentes

Empleo público: el protocolo no es el de una empresa

El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) reconoce el derecho al respeto de la dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual, por razón de sexo, moral y laboral (art. 14.h), y tipifica el acoso laboral como falta muy grave (art. 95.2.o). El protocolo de 2011 se aplica a todo el personal de la AGE y de sus organismos públicos. Cada departamento debía adaptarlo y fijar la unidad que recibe las denuncias, que con carácter general es su Inspección General de Servicios. El escrito se dirige a la persona titular de la jefatura superior de personal, y el impreso debe estar en la intranet del departamento.

Qué prevé el protocolo y qué plazos marca

  • Quién puede presentar la denuncia: la persona afectada, quien la represente, la representación del personal de su ámbito o quien dirija un órgano que conozca el caso.
  • Primer análisis: la unidad tramitadora puede no admitirla o iniciar la tramitación y, tras oír a las personas implicadas, proponer de forma motivada un cambio de puesto para evitar mayores perjuicios.
  • Indagación: pide un informe al servicio de prevención y puede entrevistar a las partes y a testigos. Si lo pides expresamente, en la entrevista te puede acompañar una delegada o un delegado de prevención u otra persona de tu elección.
  • Informe de valoración inicial: en un máximo de 10 días naturales desde la denuncia. Con él, la jefatura puede archivar, abrir un expediente disciplinario, proponer mediación u otras medidas, o pasar el caso a un Comité Asesor.
  • Comité Asesor: se constituye en cinco días hábiles e incluye a una delegada o un delegado de prevención. La investigación no debe superar 15 días naturales y, con el informe de conclusiones, la jefatura decide en otros 15.

El protocolo prohíbe las represalias contra quien denuncia o declara de buena fe, exige confidencialidad y no impide acudir, a la vez o después, a otras vías administrativas o judiciales. Si no admiten tu denuncia sin motivarlo bien, el Comité de Seguridad y Salud puede pedir que se revise.

Comunidades autónomas y ayuntamientos: busca tu protocolo

El EBEP se aplica también a comunidades autónomas, entidades locales y universidades públicas (art. 2), pero el protocolo de 2011 solo cubre la AGE. Si trabajas en otra administración, busca el suyo en la intranet o pregunta a la unidad de personal, al servicio de prevención o a la junta o los delegados de personal. En una empresa privada el cauce es otro: lo explicamos en cómo activar el protocolo de acoso de tu empresa.

Qué anotar antes de la denuncia: ejemplo ficticio

El anexo III es un impreso con estos apartados. Este ejemplo es inventado y no describe a ninguna persona ni organismo real:

Apartado del impreso

Qué pones

Ejemplo ficticio

Tipo de acoso

La casilla que mejor encaje; la calificación la hace quien tramita

Moral/laboral

Datos profesionales

Centro, unidad, vinculación, grupo y nivel

Funcionaria, A2, nivel 22

Descripción de los hechos

Una entrada por hecho, en orden de fechas

14/9/2026: en la reunión de la unidad, la jefa de servicio A dijo ante cuatro personas que mis informes «no sirven». 28/9: por un correo de las 10:14 me retiró la tramitación de expedientes, sin motivo. 13/10: no me convocó a la reunión de coordinación; lo supe por el acta.

Documentación anexa

Lista numerada

1) correo del 28/9; 2) acta del 13/10; 3) cronología de nueve entradas

Solicitud

La frase del modelo

«Solicito el inicio del Protocolo de actuación frente al acoso laboral»

El anexo II enumera conductas de referencia, como reprender reiteradamente a alguien delante de otras personas. Úsalo para saber qué detalles anotar, no para calificar tú los hechos. Si aún no los tienes ordenados, empieza por un diario de incidentes.

Durante la tramitación: fechas, entrevistas e informes

  1. Al presentarla: guarda el justificante de registro y una copia del impreso.
  2. A los 10 días naturales: si no te han informado de la valoración inicial, pregunta por escrito.
  3. Entrevistas: fecha, quién te entrevistó y quién te acompañó; al salir, resume lo que te preguntaron.
  4. Cambios: de puesto, tareas u horario, con la fecha y quién lo decidió.

Lo que el protocolo no hace

No convierte tus notas en una calificación: el propio protocolo distingue el acoso de los conflictos entre iguales o de los hechos aislados, que pueden tratarse por otras vías. Tampoco sustituye el asesoramiento de la junta o los delegados de personal, las delegadas y delegados de prevención o el sindicato. Si hay peligro inmediato o una urgencia médica, deja de registrar y pide ayuda a los servicios de emergencia.

Kirokune, una app para iPhone, te deja reunir en un mismo caso tus notas con la fecha en que ocurrió cada hecho, fotos del impreso y de los justificantes, y grabaciones, ordenadas por fechas y con bloqueo por Face ID o código. La versión gratuita incluye un caso con registros ilimitados y no pide crear una cuenta. Los registros se guardan en el iPhone: la app no los sincroniza ni guarda una copia propia en la nube, pero si tienes activada la copia de seguridad del iPhone (iCloud u ordenador), se incluyen en ella. Kirokune no tramita la denuncia ni decide si hay acoso.

Preguntas frecuentes

¿El protocolo de la AGE sirve si trabajo en un ayuntamiento o en una comunidad autónoma?
No. Se aplica al personal de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos. Busca el protocolo de tu administración en la intranet o pregunta a la unidad de personal, al servicio de prevención o a la representación del personal.
¿Puedo ir con alguien a la entrevista?
Sí. El protocolo prevé que, si lo pides expresamente, te acompañe una delegada o un delegado de prevención u otra persona de tu elección.
¿Y si se trata de acoso sexual o por razón de sexo?
En la AGE hay un protocolo específico, aprobado por el Real Decreto 247/2024. El de 2011 se refiere al acoso laboral (moral o psicológico).
¿Cuánto tarda el procedimiento?
El informe de valoración inicial tiene un plazo máximo de 10 días naturales desde la denuncia. Si el caso pasa a un Comité Asesor, la investigación no debe superar 15 días naturales y la jefatura decide en otros 15. Anota cada fecha.

Fuentes

La fachada de un edificio oficial con un cuaderno pequeño en primer plano

Kirokune ayuda a conservar un registro. No diagnostica, no determina los hechos ni ofrece asesoramiento legal.