La delegada o el delegado de prevención es la representación de la plantilla con funciones específicas en prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995, art. 35). Puede pedir medidas preventivas a la empresa, consultar información sobre las condiciones de trabajo y acompañar a la Inspección de Trabajo en sus visitas. No decide si lo que vives es acoso ni actúa como tu abogado. A la primera conversación lleva tres hechos con fecha, con qué frecuencia ocurren y qué te gustaría que pasara.

Puntos clave

  • La delegada o el delegado de prevención representa a la plantilla en prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995, art. 35).
  • Puede pedir y proponer medidas a la empresa, que debe motivar si las rechaza, y acompañar a la Inspección de Trabajo en sus visitas.
  • No es tu abogado ni decide si hay acoso: acuerda qué puede compartir de lo que le cuentes y si puede dar tu nombre.
  • Lleva tres hechos con fecha, su frecuencia, con quién lo hablaste y qué te gustaría que pasara.
  • Si no hay delegado, acude al servicio de prevención, a un sindicato o a la Inspección de Trabajo.
Contenido
  1. Quién es y cómo saber si lo hay
  2. Lo que puede hacer, y lo que no es
  3. Qué llevar a la primera conversación: ejemplo ficticio
  4. Después: fechas, acuerdos y lo que pidió
  5. Si no hay delegado
  6. Tu registro sigue siendo tuyo
  7. Preguntas frecuentes

Quién es y cómo saber si lo hay

Se designa entre la representación del personal. En empresas de hasta 30 personas, la delegada o el delegado de personal es también el de prevención; de 31 a 49, se elige uno entre los delegados de personal; desde 50, hay de dos a ocho según la plantilla y se constituye un Comité de Seguridad y Salud, que se reúne cada trimestre y siempre que lo pida una de las partes (arts. 35 y 38). Los convenios pueden fijar otros sistemas. Mira el tablón o la intranet, o pregunta al comité de empresa, al sindicato o al servicio de prevención.

Lo que puede hacer, y lo que no es

  • Pedir medidas: puede recabar de la empresa medidas preventivas y hacerle propuestas, también al Comité de Seguridad y Salud. Si la empresa no las adopta, su negativa debe ser motivada (art. 36.4).
  • Información y visitas: puede acceder a la información sobre condiciones de trabajo que necesite, con las limitaciones que fija la ley, y visitar los puestos para vigilar esas condiciones.
  • Evaluación psicosocial: según las directrices del INSST de 2022, las delegadas y delegados deben tener acceso al proceso de evaluación de riesgos y ser consultados sobre el método y las medidas.
  • Inspección de Trabajo: puede acompañar a la inspectora o al inspector en sus visitas y hacerle observaciones.

Lo que no es: no es tu abogado ni decide si hay acoso, y su papel en el protocolo de acoso depende de lo que diga el de tu empresa. La ley le impone sigilo sobre la información que la empresa le entrega con carácter reservado (art. 37.3); sobre lo que tú le cuentes, acordad qué puede compartir, con quién y si puede dar tu nombre, y anótalo.

Qué llevar a la primera conversación: ejemplo ficticio

El diario de incidentes del INSST recomienda acudir al servicio de prevención o a la delegada o el delegado de prevención al llegar a seis entradas, si aparecen conductas como críticas constantes, exclusión de reuniones o que no te dirijan la palabra, o si algún hecho te afecta por encima de 7 en una escala de 0 a 10. Y aconseja consultar aunque solo tengas una entrada. La nota de preparación cabe en una hoja.

Ejemplo inventado, sin relación con personas ni empresas reales: «1) 7/10/2026, 9:30, reunión de turno: el encargado B me llamó “inútil” delante de seis compañeros. 2) Desde el 14/10 no me asignan las tareas de cierre que hacía desde hace dos años; nadie me ha dado el motivo. 3) 21/10, sala de descanso: B dijo en voz alta que “algunos sobran”. Ocurre casi todas las semanas desde septiembre. Lo hablé con RR. HH. el 15/10; no hubo respuesta por escrito. Quiero saber si la evaluación de riesgos psicosociales incluye mi sección y qué cauce tiene el protocolo de acoso».

Después: fechas, acuerdos y lo que pidió

  1. El mismo día: anota la fecha, qué acordasteis, qué hará y para cuándo, y si puede mencionar tu nombre.
  2. Si propone medidas a la empresa: anota cuándo y con qué respuesta. Si la empresa las rechaza, pregunta cómo lo motivó.
  3. Cada cambio posterior en tus tareas, tu horario o el trato, con su fecha.

Si no hay delegado

La ley canaliza la participación a través de representantes en empresas o centros con seis o más personas (art. 34); en los más pequeños puede no haber delegada ni delegado. Puedes dirigirte al servicio de prevención, a un sindicato o, si consideras que las medidas de la empresa no bastan, a la Inspección de Trabajo, a la que pueden recurrir las personas trabajadoras y sus representantes (art. 40). Para preparar el escrito, mira cómo preparar una denuncia ante la Inspección de Trabajo; para el cauce interno, cómo activar el protocolo de acoso; y para plantearlo como riesgo psicosocial, cómo anotar los riesgos psicosociales. Ante un despido o una sanción, consulta además a un abogado laboralista.

Tu registro sigue siendo tuyo

Enseña o entrega copias, no los originales, y guarda tu cronología en un sitio privado, no en un equipo de la empresa. Kirokune, una app para iPhone, reúne en un caso tus notas, fotos y grabaciones ordenadas por fechas, para repasarlas antes de la reunión y añadir después la nota de lo acordado. Exportarlas en PDF, crear más casos y la revisión detallada son funciones de pago de Kirokune Plus; el precio aparece en la pantalla de compra de la app. Kirokune no decide si hay acoso.

Preguntas frecuentes

¿Mi empresa tiene que tener delegado de prevención?
Se designa entre la representación del personal: en empresas de hasta 30 personas lo es la delegada o el delegado de personal, y desde 50 hay entre dos y ocho. Si no hay representación del personal, puede no haberlo.
¿Lo que le cuente queda en secreto?
La ley le obliga a guardar sigilo sobre la información reservada que recibe de la empresa (Ley 31/1995, art. 37.3). Sobre lo que tú le cuentes, pregúntale qué hará con ello y si puede dar tu nombre, y anota lo que acordéis.
¿Puede obligar a la empresa a actuar?
Puede recabar medidas preventivas y proponerlas a la empresa y al Comité de Seguridad y Salud; si la empresa no las adopta, debe motivarlo. También puede acompañar a la Inspección de Trabajo en sus visitas.
¿Cuándo conviene hablar con él o con ella?
El diario de incidentes del INSST recomienda consultar al servicio de prevención o a la delegada o el delegado de prevención a partir de seis entradas o ante ciertas conductas, y aconseja hacerlo aunque solo tengas una.

Fuentes

Un casco de obra y una carpeta sobre una mesa

Kirokune ayuda a conservar un registro. No diagnostica, no determina los hechos ni ofrece asesoramiento legal.